Atribuciones del SERNAP
Las atribuciones del SERNAP están definidas en el Artículo 7 del D.S. Nº 25158 de la siguiente manera:
Atribuciones del SERNAP
a) Proponer normas y políticas para la gestión integral de las áreas protegidas que conforman el SNAP.
b) Planificar, administrar y fiscalizar el manejo integral de las áreas protegidas de carácter nacional que conforman el SNAP.
c) Garantizar la conservación de la biodiversidad en las áreas protegidas y valores de interés científico, estético, histórico, económico y social.
d) Normar y regular las actividades al interior de las áreas protegidas del SNAP y fiscalizarlas de acuerdo a sus categorías, zonificación y reglamentación en base a planes de manejo.
e) Autorizar la participación en la administración de áreas protegidas, con preferencia, a favor de las comunidades tradicionales y pueblos indígenas establecidos en el área, pudiendo ampliarse a entidades públicas y privadas sin fines de lucro.
f) Autorizar el uso en las áreas protegidas para la conservación de la biodiversidad, investigación científica, bioprospección y turismo, mediante concesiones, autorizaciones y otros mecanismos a ser establecidos en la reglamentación expresa.
g) Promocionar la protección y conservación de los recursos naturales, la investigación científica, recreativa, educativa y de turismo ecológico, en el ámbito de las áreas protegidas.
h) Promover la difusión y educación ambiental sobre los alcances, finalidad e importancia de las áreas protegidas.
i) Diseñar el plan maestro del SNAP en el marco de la Estrategia Nacional de Conservación.
j) Efectivizar la coordinación y promoción de áreas protegidas departamentales y municipales, así como las zonas de amortiguación externas y corredores ecológicos.
k) Establecer mecanismos de coordinación intersectorial para el tratamiento de la gestión integral de las áreas protegidas.
l) Establecer procesos participativos para garantizar una gestión con el objeto de lograr los objetivos de conservación y uso sostenible de la biodiversidad en las áreas protegidas.
m) Ejercer las demás atribuciones que permitan el cumplimiento eficiente de su misión institucional.




